La carta de los derechos humanos establece 30 derechos fundamentales que promueve el respeto de los derechos y libertades de los seres humanos, y en ese contexto los hombres y mujeres deben alcanzar el progreso basado en la igualdad y dignidad humana. En otras palabras, los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción de nacionalidad, sexo, color, religión, lengua o cualquier otra condición, esto quiere decir, que no se puede discriminar por cualquiera de las características anteriormente mencionadas y son reconocidos por todas las naciones de manera universal. En ese orden, los derechos humanos, agrupa un conjunto de principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
A continuación, se describen algunos de estos principios:
– El principio de la universalidad. Este derecho se encuentra ligado a la igualdad y no discriminación, recordando siempre que todas las personas son titulares de todos los derechos humanos, pero se aclara que, para lograr igualdad se debe atender a las circunstancias o necesidades específicas de las personas.
– El principio de interdependencia. Este principio indica que cada uno de los derechos humanos están relacionados unos a otros, esto significa que el reconocimiento de uno de ellos, así como su ejercicio, implica necesariamente que respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.
– El de indivisilidad. Este principio implica que los derechos no pueden ser fragmentados sin importar su naturaleza, de tal manera que se deben reconocer, proteger y garantizar de forma integral por todas las autoridades en tu totalidad cada derecho.
– El principio de interdependencia e invivisibilidad. Todos los derechos, ya sean civiles, políticos, derecho a la vida, igualdad ante la ley, libertad de expresión, económicos, sociales y culturales, derechos al trabajo, a la seguridad social, a la educación, colectivos, al desarrollo y a la libre determinación, son todos derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes, esto quiere decir que, si avanza uno, los demás también, pero si se priva negativamente uno afecta negativamente a los demás.
– El principio de progresividad. Es una responsabilidad que recae en su mayor peso en el Estado, ya que debe asegurar el progreso en el desarrollo constructivos de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos, es decir que, el Estado debe proveer las condiciones óptimas de disfrute de los derechos humanos y no disminuir el nivel alcanzado.
En resumidas cuentas, los derechos humanos vienen a proteger a cada persona para que se respete su vida, su dignidad y consagra otros tantos derechos más que son fortalecidos en cada uno de sus principios que dan garantías de calidad de vida de los seres humanos, sin embargo, todavía falta recorrer un buen camino para que los Estados como responsables de que se cumplan estos derechos así como las obligaciones derivadas de los seres humanos eleven al 100% estos derechos sin importar color de piel, religión, nacionalidad, idiomas o el nivel económico de los actores.
Fuente: https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/que-son-los-derechos-humanos

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